El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a la periodista onubense Raquel Rendón, condenada a dos años de cárcel por revelación de secretos tras publicar informaciones con datos extraídos del sumario del crimen de Laura Luelmo, según informa El Mundo.
La periodista, la primera en España en recibir penas de cárcel pese a la veracidad de sus informaciones, fue condenada por la Audiencia de Huelva a raíz de una serie de artículos publicados en Huelva Información, donde daba cuenta de las distintas declaraciones del sospechoso, así como de la autopsia de la profesora y de las lesiones que sufrió o el informe de toxicología.
Los padres de Luelmo presentaron una denuncia contra la periodista y el medio de comunicación. Los jueces de la Audiencia provincial dictaminaron que los hechos “afectaban a la esfera personal de la fallecida y su familia, que causaba un perjuicio sin atender a ningún interés legítimo más que el de ofrecer exclusiva y primicia a costa de la ilegalidad”.
Tanto Rendón como el Grupo Joly (al que pertenece Huelva Información) recurrieron el fallo por entender que se había vulnerado el derecho de defensa y el de presunción de inocencia, al haberse dado por acreditado “sin pruebas” el origen ilícito de la información publicada y el derecho constitucional a la libertad de información, además haberse realizado una la calificación errónea de los hechos probado
Ahora, el TSJA anula la condena de la Audiencia de Huelva al considerar que los hechos probados en los que se basó esta «no son susceptibles de integrar» el delito de revelación de secretos, ni tampoco hay pruebas del «posible origen delictivo o ilícito» de la información recogida en los artículos. Los magistrados basan la absolución en que la sentencia de la Audiencia «no contiene ninguna referencia concreta, al posible origen delictivo o ilícito de la información recogida en los artículos periodísticos», lo cual es «imprescindible» para configurar el delito de revelación de secretos.
La Audiencia sostuvo que la acusada debía conocer por su profesión que los datos sumariales son de naturaleza reservada, salvo para las partes intervinientes, «por lo que necesariamente tuvo que ser consciente de su procedencia ilegítima, con independencia del procedimiento por el que llegaran a su poder». Sin embargo, el TSJA remarca en que «una cosa» es que la periodista supiera del carácter reservado de los datos, «y otra muy distinta que fuera consciente de la ilicitud de su obtención», lo que debía acreditarse y no solo fruto de «meras conjeturas o suposiciones».
Apoyo unánime del sector
Una vez conocida la noticia, el mundo del periodismo ha mostrado su satisfacción, destacando que «la relevancia de una información, siempre y cuando sea veraz, está amparada en el artículo 20 de la Constitución Española, no pudiendo quedar al libre dictamen de los jueces».
Ya antes de conocerse esta absolución la distintas asociaciones de periodistas apoyaron a la onubense, realizando diversos actos de protesta en Huelva y el resto de España, contando con el apoyo de la Federación de Asociaciones de Periodismo de España (FAPE).
También este año, Rendón fue galardonada por la Asociación de Periodistas de Granada (APG) con el Premio Constantino Ruiz Carnero a la Libertad de Expresión por creer «que al lector nunca se le puede usurpar una información, a pesar de lo que digan los jueces».
Durante su discurso de agradecimiento, la periodista se mostró tajante y afirmó que había sido condenada por hacer su trabajo «ni más ni menos» y aseguró que, tras varios varapalos ocurridos tras la sentencia, había conseguido levantarse y seguir adelante, aunque su camino ahora se encontrase lejos de la prensa.
La periodista onubense reconoció también que había visto infinidad de veces mientras trabajaba en la sección de Tribunales, «a la justicia ser injusta», pero nunca esperaba vivirlo en sus propias carnes y temió que la resolución final del TSJA le fuera favorable, ya que de lo contrario podría sentar «un peligroso precedente». Finalmente, los temores de la periodista no se cumplieron.